Saldo a favor ISR ¿Qué es?

Contador calculando ISR

¿Qué es el saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta?

Es un derecho de TODOS los contribuyentes, sin embargo hay distintas características del saldo a favor.
En términos generales, el SAT te devolverá impuestos si: tienes una empresa y ésta gasta 10 mil pesos pero gana 8 mil, entonces tienes 2 mil pesos de pérdidas. Estas pérdidas no ameritan pagar impuestos. Por lo tanto, el saldo a favor, está en función del caso anterior.
O, cuando trabajes para un patrón y éste retenga más de lo que te toca, en este caso, también existirá una devolución.

¿Cómo obtengo mi devolución?

Debes presentar una solicitud al SAT dentro de los cinco años siguientes a la fecha que se haya aprobado el saldo a favor.

• Ingresar al portal del SAT y elegir la sección de “trámites” seguido de la opción “Buzón tributario”.
• Escribe tu RFC y contraseña o tu e. firma
• Dentro, ingresa al apartado de “trámites”, enseguida elige la opción “devoluciones y compensaciones” y selecciona “solicitud de devolución”
• Llena los datos del formulario
• Ingresa los archivos que sean necesarios (comprimidos en formato .zip)
• Envía la información al SAT y recibe tu acuse electrónico
• Espera la respuesta del SAT a través de tu correo electrónico

Para que las personas físicas obtengan acceso a la devolución, deben cumplir con algunos requisitos:

• Recibir ingresos por salarios
• Estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes
• No haber excedido ingresos por 400 mil pesos, pero que hayan informado a su patrón que presentarían su declaración anual
• Tuvieron deducciones personales que cumplen todos los requisitos fiscales

El saldo a favor que te pueden dar es como máximo el 35% de las deducciones que hayas hecho.

También puedes decidir no pedirle tu devolución al SAT que lo utilice para pagar otros impuestos.

El SAT tiene hasta 40 días hábiles para cumplir con tu devolución de impuestos, pero toma en cuenta que la autoridad tributaria puede pedir 20 días más para obtener información complementaria.

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